En la sentencia de fecha 14 de septiembre, el Tribunal Comunitario critica el sistema de contratación temporal seguido por los Servicios de Salud españoles, realizados al amparo del artículo 9 del Estatuto Marco, al considerar que se está contraviniendo el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada de la Directiva 1999/70/CE. Por su interés, se adjunta el comunicado del Consejo General.