La Consejería de Salud, en concreto la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, ha remitido por medio del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, una serie de pautas a seguir por parte de los establecimientos sanitarios privados, con respecto a la declaración por parte de éstos de los casos confirmados de COVID 19, pautas que aparecen recogidas en la Instrucción 16/20, que viene a completar la anterior Instrucción 15/20.
Los puntos más importantes son los siguientes:
1.- La enfermedad COVID 19 deberá siempre ser considerada como una enfermedad declaratoria urgente por parte de los facultativos.
2.- La declaración individualizada de casos confirmados, se realizará por medio del facultativo médico responsable, por medio del formulario disponible en la dirección web: https://forms.gle/3o3yx2jTCpb4HQpH8.
Este formulario deberá ser remitido a las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias para su custodia y seguimiento, a la dirección de correo electrónico: svea.alerta.co.csalud@juntadeandalucia.es
3.- Esta Instrucción deja sin efecto lo recogido en la Instrucción 14/20 de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica sobre Vigilancia de Casos Covid 19 en la etapa de transición de fecha de 12 de Mayo pasado, en lo relativo a la declaración en sospecha para el ámbito privado.
Abogada COMCÓRDOBA