El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, ha emitido una nota explicando las pautas a seguir por parte de los profesionales sanitarios en el diagnóstico de personal afectado por la enfermedad del COVID-19.
Las principales novedades se pueden resumir en los siguientes puntos fundamentales:
1.- En la historia clínica, se deberá hacer constar que el contagio se debió al trabajo asistencial del profesional médico, realizar pruebas diagnósticas de certeza, ( PCR), e incluir pruebas complementarias ( analíticas, imagen..), y anotar los medios de protección habilitados.
2.- En los partes médicos de baja/ alta de IT e informes complementarios, siempre deberá ser cumplimentados como contingencia profesional (AT o EP), y en los informes también.
3.- En los certificados de defunción, se señalará como causa fundamental infección por COVID 19, y marcar accidente laboral.
Todas estas instrucciones se seguirán salvo mejor criterio del profesional médico, basándose en su propio criterio o en una base científica fundada.
El Consejo Andaluz ha solicitado del Gobierno, que se tome en cuenta la presunción de que los médicos que se encuentren realizando su labor asistencial en esta pandemia, y se vean contagiados por ella, lo hayan sido por su trabajo, considerándolo como accidente de trabajo o enfermedad profesional, sin necesidad de acudir a más trámites burocráticos, administrativos o incluso judiciales.
Asesora Jurídica COMCÓRDOBA
Córdoba a 29 de abril de 2020.